Red Comunitaria Parque Central

Quieren cobrar lo que no dan

 

Avizoran limitaciones financieras navideñas, por eso, por esta fecha arremete EIPC con el cobro de lo que ella dice es el condominio, gastos comunes de los propietarios. La comunidad desconoce la legitimidad y sinceridad de estos gastos. Fundamentalmente porque NO PRESTAN EL SERVICIO por el cual fueron contratados. El ejemplo lo tenemos con los «porteros de solvencia» o «acomodadores de perros echaos» uniformados como vigilantes y referidos, en las facturas, como «Vigilancia». Se les apoda  así porque no son garantía de nada. Proliferan los atracos, arrebatones, buhoneros, mototaxis, vendedores a viva voz, indigentes, motorizados en áreas peatonales, recojelatas, grafiteros, borrachines, etc… Diez años de calamidades, creciendo y fortaleciéndose.

A pesar que el EIPC está sujeta a la Ley de Presupuesto, Ley de Contraloría y Ley de Licitaciones:

Artículo 3  Ámbito de Aplicación

El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, será aplicado a los sujetos que a continuación se señalan:

4. Las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en las cuales la República y las personas jurídicas a que se contraen los numerales anteriores tengan participación, igual o mayor al cincuenta por ciento (50%) del patrimonio o capital social respectivo.

5. Las asociaciones civiles y sociedades mercantiles en cuyo patrimonio o capital social, tengan participación igual o mayor al cincuenta por ciento (50%), las asociaciones civiles y sociedades a que se refiere el numeral anterior.

7. Los Consejos Comunales o cualquier otra organización comunitaria de base que maneje fondos públicos.

Cumplimiento que permitiría cierta calidad de servicio. Los propietarios desconocen los términos de contratación de la compañía de «vigilancia», de la que se escogió a dedo, y menos sabe sobre si existen los Términos de Referencia exigidos para su contratación o su participación (hay que ser iluso) como usuario, en los «comites de licitación».

¿Por qué es tan secreto los términos de contratación de cualquier servicio?

No señor, la gente no es estúpida no paga el condominio, no por irresponsable social, sino porque pagarlo implica ser cómplice de la situación descrita y de otras similares como el servicio de limpieza y otros servicios recurrentes.

Alguna gente procede a cancelar porque, por lo menos agua y luz tienen. Pues, para ellos hay unas preguntas, ¿Sabía usted que desde que se expropió la Electricidad de Caracas, el CSB no paga electricidad? Debe 25 millones de bolívares y en agua deben 15 millones.  ¿Sabía que otra empresa del CSB, Apiepam, cobra ilegalmente (para no decir que roba) un monto arbitrario a los locales que alquila? ¿Y que luego ese dinero no lo aporta para el pago de la factura eléctrica que luego nos cobran en el condominio?  ¿Sabía que a usted le cargan a usted la electricidad de los sótanos, incluyendo comercios y estacionamientos? ¿Sabía que a usted le cargan la electricidad de todos los PH?

¿Por qué 126 facturas eléctricas nominadas al CSB son cargadas al condominio, mes tras mes? Cuando la realidad es que cada factura corresponde a muchas personas naturales y jurídicas ajenas al condominio o áreas comunes. El patuque es grande y las facturas gordas, muy gordas…

Si le parece justo y estima que su comodidad es lo primero, pague la factura del que se dice, autonombrado, administrador del condominio.

A la Nueva: creo que tiene 120 días para formular observaciones, ante la CGR,  sobre la administración del EIPC. Si calla, otorga. Se hace automáticamente cómplice de los desmanes del gerente anterior.

2 octubre 2010 Posted by | Propietarios y/o Residentes | , , , , , , , , , , , | Deja un comentario